Cómo gestionar el recargo de equivalencia en tu tienda online

19 noviembre, 2020 | eCommerce | Sin comentarios »
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Si tienes una tienda online, sabrás lo que es gestionar facturas constantemente a tus clientes. Cuando es un proceso automático, todo se vuelve muy sencillo. Pero, ¿alguna vez te han pedido que hagas una factura con recargo de equivalencia? Si te ha ocurrido, y no has sabido qué hacer en ese momento… este artículo es para ti.

Como proveedor que eres, a tu tienda acudirán muchos clientes que sean autónomos, comerciantes minoristas, y algunos de estos pueden estar sujetos al régimen especial de IVA denominado recargo de equivalencia. Esto significa que ellos acreditarán que se les debe aplicar en sus facturas el porcentaje del recargo de equivalencia correspondiente al IVA del producto que hayan adquirido.

¿Qué debes hacer tú cuando un comprador te solicita una factura con recargo de equivalencia?

Como proveedor, tendrás que generar una factura que además del IVA, incluya el porcentaje de recargo de equivalencia. Lo que implica que a la hora de declarar tu IVA, también declararás ese porcentaje. Sin embargo, el comprador evitará hacer declaración de IVA.

De primeras no parece que suponga mucha complicación sumar un porcentaje a una factura, pero será mucho más sencillo si estas facturas se pueden generar de forma automática y sin necesidad de que el comprador tenga que contactarte expresamente para solicitar que se aplique el recargo de equivalencia.

Esta tarea de automatización es justo lo que hace el módulo «Gestor de Recargo de Equivalencia para PrestaShop» de PrestaMarketing. Con él te evitarás quebraderos de cabeza y te desentenderás del todo, porque generará las facturas de recargo de equivalencia cuando el cliente lo solicite y sin necesidad de tu intermediación.

Además, podrás seleccionar manualmente si lo necesitas, el porcentaje de recargo para cada tipo de IVA, así como el cliente al que se lo aplicas.

Si tienes alguna duda sobre como utilizar este módulo en tu tienda de PrestaShop, puedes contactar con nuestro equipo de soporte.

¿Sigues sin entender qué es el recargo de equivalencia?

A continuación te lo explicamos todo de la manera más sencilla posible.

El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA al cual optan algunos comerciantes minoristas con el fin de simplificar sus gestiones del IVA. 

El comerciante acredita que está sujeto a este régimen, para que el proveedor le genere las facturas incluyendo el porcentaje del recargo de equivalencia (sumándose al IVA establecido). De esta manera el proveedor declara el IVA y este porcentaje a Hacienda, y el comerciante paga un IVA más alto a cambio de no tener que presentar declaraciones de IVA a Hacienda. 

Resumiendo: 

  • Proveedor: Cambia su factura incluyendo el porcentaje de recargo de equivalencia, y presenta declaraciones del mismo (junto con el IVA). 
  • Comerciante minorista: Paga más IVA al proveedor y se ahorra la gestión de declarar el IVA a Hacienda. 

¿Quién puede aplicar un recargo de equivalencia a su actividad?

Comerciantes autónomos que venden directamente a cliente final y que no realizan ninguna alteración en los productos que venden. 

No puede aplicarse en el comercio mayorista, actividades industriales o autónomos que comercialicen con vehículos, joyas, productos petrolíferos y maquinaria industrial (entre otros). 

En el caso de ser un autónomo que factura más del 20% de sus ventas a clientes profesionales y empresarios, este podrá decidir si quiere o no, aportando siempre los justificantes necesarios a Hacienda. 

Si tienes dudas sobre si debes o no aplicar el recargo de equivalencia, te recomendamos que completes esta información con la de la agencia tributaria (fuente oficial).

¿A quién beneficia el recargo de equivalencia?

El recargo de equivalencia está pensado para simplificar la gestión del IVA en facturas.

Al ser el proveedor del comerciante minorista el que tiene que aplicarlo en su factura, podríamos decir que es el minorista el que se beneficia del ahorro de “papeleo” y gestiones, ahora bien, esto es a cambio de pagar un “extra” añadido al IVA. 

Al proveedor no le supone ni beneficio ni perjuicio, ya que al incluir el recargo de equivalencia en sus facturas, debe declararlo al igual que el IVA.

¿Cómo se aplica el recargo de equivalencia en las facturas? 

La manera de hacer una factura con recargo de equivalencia es muy sencilla. Tras haber acreditado que usaremos este régimen, tan solo se debe generar una factura como la habitual y sumarle a esta el porcentaje de recargo de equivalencia correspondiente al IVA que esté aplicado. 

Esto es tarea del proveedor, el comerciante solo debe preocuparse de acreditar que está sujeto a la aplicación del recargo de equivalencia.

Se debe tener en cuenta que el recargo de equivalencia tiene unos valores establecidos en proporción al IVA. Estos son los siguientes: 

  • Artículos al tipo general del 21%: recargo del 5,2%
  • Artículos al tipo reducido del 10%: recargo del 1,4%
  • Artículos al tipo superreducido del 4%: recargo del 0,5%

Una vez sepamos el tipo de IVA que estamos aplicando, sabremos que recargo de equivalencia nos corresponde sumarle. Aquí lo vemos en un ejemplo.

Módulo de PrestaMarketing para ofrecer el recargo de equivalencia en facturas de tu eCommerce

Si tienes un eCommerce y quieres ofrecer a tus compradores la posibilidad de obtener una factura con el recargo de equivalencia aplicado, te recomendamos nuestro módulo “Gestor de recargo de equivalencia para PrestaShop” para que se aplique de forma automática y no tengas que preocuparte de hacerlo manualmente.